martes, 14 de julio de 2009

Aprobada la nueva normativa para las sanciones de tráfico


Copy Departamento de Internet de la Guardia Civil

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que busca mejorar y facilitar el sistema actual de notificaciones existente. Nuevas cuantías para las multas, pagos de sanciones en el acto con tarjeta de crédito o revisión a la baja de la pérdida de puntos son algunos de los puntos de esta reforma.
La reforma aprobada por el Congreso de los Diputados en materia reguladora de las sanciones de tráfico destaca entre otros aspectos por incluir cambios en las cuantías de las multas, de los puntos que se retirarán con determinadas sanciones y sobre todo en la simplificación del los trámites que se realizan en el sistema de notificaciones. En primer lugar, con esta reforma los infractores únicamente recibirán una sola notificación, en lugar de las tres que se reciben actualmente.

En el caso de las nuevas cuantías de las multas de tráfico, a grandes rasgos se puede decir que las sanciones se dividen en tres grupos; leves, graves y muy graves. Por un lado las impuestas a infracciones leves tendrán una multa de 100 euros, las graves una de 200 euros y las muy graves serán multadas con 500 euros, con la posibilidad en esta última categoría de incrementarse esta cuantía hasta un 30 por ciento más, dependiendo del peligro potencial de la infracción.

En cuanto a las sanciones por exceso de velocidad, se sancionará en relación al número de kilómetros por hora que el infractor rebase la velocidad permitida. En lo que se refiere a la pérdida de puntos, no se perderán puntos por exceder la velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a 80 kilómetros por hora, siempre y cuanto el infractor no supere los 130 kilómetros por hora.

Tampoco se retirarán puntos por parar o estacionar en el carril bus, así como que la grúa no podrá proceder a retirar un vehículo estacionado en zona azul sin su correspondiente ticket, pero si podrá ser multado. El caso es diferente para los vehículos estacionados en zonas reservadas a discapacitados, ya que será considerado como una falta grave y la grúa podrá retirar dicho vehículo.

Por otro lado se considera falta grave programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros. Las multas se podrán pagar en el acto de la infracción a través de tarjeta de tráfico y todo lo recaudado se destinará a medidas y políticas de seguridad vial. Otra cuestión importante es la que hace referencia a la documentación del vehículo. No será necesario llevar toda la documentación en el vehículo ya que la Administración podrá comprobar que el vehículo cuenta con todos los permisos. Únicamente los vehículos que hayan pagado el seguro obligatorio, podrán pasar la ITV.

1 comentario:

manolo dijo...

perdonar que tiempo tiene esta pagina en funcionamiento, y que tiempo le dedicais. gracias es para crear una